La ejecución de la aplicación móvil autorizada por el Instituto Nacional Electoral para recabar los datos y firma que constituyen el apoyo ciudadano al estimar que la aludida aplicación presenta fallas que entorpecen la recopilación de firma, lo que se vulnera el derecho político-electoral de la actora de poder ser registrada como candidata independiente al cargo de diputada federal por el principio de mayoría relativa para contender con tal calidad en el proceso electoral federal 2017-2018.
PRIMERO. La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Primera Circunscripción Plurinominal, con sede en Guadalajara, Jalisco, es competente para conocer y resolver el presente medio de impugnación. SEGUNDO. Se remite el presente expediente a la mencionada Sala Regional Guadalajara.