La resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, el veintinueve de mayo de dos mil quince, mediante la cual declaro inexistente la violación objeto de la denuncia interpuesta por el mencionado instituto político, en el procedimiento especial sancionador PES-073-2015, instaurado contra Jaime Heliodoro Rodríguez Calderon, candidato independiente a gobernador de aquella entidad, así como José Abelardo Reyna Aguilar y Américo Garza Salinas, candidatos por el Partido Encuentro Social a presidentes municipales de Aramberri y Juárez, del propio Estado; por la presunta difusión de propaganda electoral en la que aparecen conjuntamente el candidato a gobernador y el respectivo aspirante a edil, en los señalados municipios.
PRIMERO. Se revoca la resolución impugnada para los efectos precisados en la presente ejecutoria.
SEGUNDO. Se ordena dar vista a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, con copia certificada de este fallo.