Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

SUP-SFA-7/2012

La Sala Toluca solicita que esta Sala Superior ejerza la facultad de atracción del ST-JDC-406/2012, integrado con motivo de la demanda presentada por el actor,  a fin de impugnar el acuerdo A10/MEX/CD30/29-03-12 emitido por el 30 Consejo Distrital del IFE, que declaró improcedente la solicitud del ahora actor como candidato independiente a diputado federal por el principio de mayoría relativa en el distrito 30 en el estado de México.

EXPEDIENTE: 
SUP-SFA-7/2012
ACTORES: 
Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, con sede en Toluca, Estado de México
FECHA DE RESOLUCIÓN: 
Miércoles, Abril 18, 2012
AUTORIDADES RESPONSABLES: 
Consejo Distrital 30 del Instituto Federal Electoral en el Estado de México
SENTIDO: 

PRIMERO. No procede que esta Sala Superior ejerza la facultad de atracción respecto del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano ST-JDC-406/2012, cuyo conocimiento corresponde a la Sala Regional de este Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de Toluca, Estado de México. 
SEGUNDO. Remítase el expediente identificado con la clave ST-JDC-406/2012 a Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de Toluca, Estado de México para que conozca y resuelva dicho medio de impugnación.