Presunta suspensión, cancelación o bloqueo del portal Web para cargar información sobre apoyo ciudadano y registro de auxiliares/gestores, en el periodo del diez de diciembre de dos mil diecisiete al catorce de enero de dos mil dieciocho, y la presunta omisión de responder a las comunicaciones, vía correo electrónico, de doce y veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete, realizadas por el actor.
PRIMERO. Es infundada la presunta suspensión, cancelación o bloqueo del portal Web controvertida por el Actor. SEGUNDO. Se determina fundado el medio de impugnación respecto de la omisión alegada por el Actor, en consecuencia, se ordena a la Autoridad responsable emitir la contestación que proceda a los correos electrónicos del doce y veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete.