La sentencia emitida el veintiuno de mayo de dos mil quince por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Primera Circunscripción Plurinominal, con sede en Guadalajara, Jalisco, en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SG-JDC-11242/2015, mediante la cual confirmó el acuerdo IEPC-ACG-116/2015, del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco, que negó el registro como candidatos independientes a munícipes de Guadalajara, a la planilla encabezada por el recurrente.
Primero. Se revoca la sentencia emitida el veintiuno de mayo de dos mil quince, por la Sala Regional Guadalajara, en el juicio ciudadano SG-JDC-11242/2015.
Segundo. Se revoca el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco, mediante el que negó el registro como candidatos independientes a munícipes de Guadalajara, a la planilla encabezada por Guillermo Cienfuegos Pérez.
Tercero. Se ordena al Consejo General del Instituto Electoral local que de inmediato registre a la planilla encabezada por el recurrente como candidatos independientes a integrantes del Ayuntamiento de Guadalajara, Jalisco, y se le vincula para que realice los actos conducentes, en los términos precisados en la ejecutoria.