OPINIÓN QUE EMITE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 68, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN EL EXPEDIENTE RELATIVO A LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 38/2014 Y SUS ACUMULADAS 91/2014, 92/2014 Y 93/2014, A SOLICITUD DE LA MINISTRA OLGA MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS.
PRIMERO. La Sala Superior del del Tribunal Electoral del Poder judicial de la Federación opina que son constitucionales las porciones normativas contenidas en los artículos 8, fracción III, 23, 40, fracción XII, 60, 74, 76, 79, 99, 100, 101, 102 fracción III, 108, 109, 110, 111, 112, 156, fracciones I y II; 162, primer párrafo, 188, fracción II, 189, 191, segunda parte del último párrafo, 196, 203, 204, con excepción de la fracciones I a VI y último párrafo, 205, 207, fracción V, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 215,216, párrafo tercero, 217, segundo párrafo, 246, 247, 254, 265, 266, fracción I, 270, fracción II, con excepción de lo dispuesto en el tercer párrafo, en lo relativo al procentaje del 10%, 173, fracción I, primero y segundo párrafos y 342.
SEGUNDO. Son inconstitucionales las porciones normativas ontenidas en los artículos 8, fracción V, 15, párrafo primero , fracción II, 35, fracción VI, 38, párrafoI, fracción I, párrafo segundo, 75, fracción I, 153, párrafo segundo, 173, último párrafo, 175, fracción primera, tercer párrafo, 191, primera parte del último párrafo, 197, fracción VIII, 200, fracción II, en lo referente a la lista nominal, 204, fracciones I a VI y último párrafo, 210, 213, fracción II, 224, 260, fracción IV, 269, 270, fracción II y párrafo tercero, en lo relativo al porcentaje del 10%, 278, párrafo segundo y 288, párrafo segundo.