La resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, relacionada con el recurso de revisión local interpuesto por ellos a fin de controvertir el acuerdo del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa por el que se aprobó la coalición flexible integrada por los partidos políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza que, a decir de los actores, se reaizó, entre otras cosas, de manera extemporánea.
PRIMERO. Es improcedente el juicio de revisión constitucional electoral. SEGUNDO. Se reencauza la demanda, a juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. TERCERO. Remítase los autos del juicio al rubro indicado a la Secretaría General de Acuerdos de esta Sala Superior, a fin de que haga las anotaciones pertinentes y, una vez hecho lo anterior, devuelva los autos al Magistrado Ponente, para los efectos legales procedentes.