Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

SUP-JDC-799/2005

Acuerdo que emitió el 30 de septiembre de 2005 el Consejo Gral. del Instituto Estatal Electoral del Distrito Federal, por el que se determina que los partidos políticos deberán ordenar a sus militantes y simpatizantes que se encuentren efectuando propaganda, independientemente de que utilicen o no su emblema partidario, que suspendan de forma inmediata tales actividades tanto en medios electrónicos, impresos, en calles o cualquier otro lugar de acceso público, hasta en tanto no se efectúe el registro de los participantes en el proceso interno de selección de candidatos conforme las normas de cada partido.

EXPEDIENTE: 
SUP-JDC-799/2005
ACTORES: 
Guillermo Alberto tapia González
FECHA DE RESOLUCIÓN: 
Jueves, Noviembre 17, 2005
AUTORIDADES RESPONSABLES: 
Instituto Estatal Electoral
SENTIDO: 

Desechamiento.