El acuerdo ACG-IEEZ-IV-01/2013 de cuatro de enero de 2013, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, mediante el cual aprueba el Reglamento para las Candidaturas Independientes.
PRIMERO. Se acumulan los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano que han quedado identificados al inicio de la presente determinación, al juicio con la clave SUP-JDC-41/2013. En consecuencia, glósese copia certificada de los resolutivos de este acuerdo a los expedientes acumulados.
SEGUNDO. Se expulsan los numerales 1 y 2 del artículo 13 del Reglamento de Candidaturas Independientes del Estado de Zacatecas.
TERCERO. Se declara la inaplicación del artículo 18, numeral 1, fracciones II, en la porción normativa que dice "haciéndose constar mediante fe de hechos notarial" y III, en la porción normativa que dice: "debidamente cotejada con su original por el fedatario público" de la ley electoral local.
Se ordena informar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la determinación de dicha inaplicación.
CUARTO. La última parte de la fracción II, del artículo 14, numeral 1, en la porción normativa que dice "Dicha firma se hará constar mediante fe de hechos notarial" y la conducente de la fracción III, que dice: "Debidamente cotejadas con su original por el fedatario público" del Reglamento de Candidaturas Independientes de Zacatecas, se expulsan de dicho ordenamiento jurídico, por las consideraciones sustentadas en el considerando séptimo de la presente sentencia.
QUINTO. Se confirma el acuerdo ACG-IEEZ-IV-01/2013 de cuatro de enero del presente año, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, mediante el cual aprueba el Reglamento para las Candidaturas Independientes, en la propia entidad, por cuando hace a su proceso de elaboración.