Sentencia de fecha tres de mayo del dos mil diecisiete, en el Procedimiento Especial Sancionador número PES/56/2017, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, que escindió la parte de la denuncia consistente en el incumplimiento de la obligación de recibir aportaciones en especie de persona jurídicas colectivas, atribuida al sujeto denunciado, y declaró existente la violación consistente en el uso indebido de símbolos religiosos por parte del ciudadano referido, en la etapa de obtención de apoyo ciudadano a fin de obtener el registro de su candidatura independiente al cargo de gobernador del Estado de México.
EXPEDIENTE:
SUP-JDC-307/2017
ACTORES:
ISIDRO PASTOR MEDRANO
FECHA DE RESOLUCIÓN:
Miércoles, Junio 7, 2017
AUTORIDADES RESPONSABLES:
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
SENTIDO:
ÚNICO. Se confirma la resolución controvertida.
Sala: