Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

SUP-JDC-2665/2014

La omisión del Congreso del Estado de Chihuahua de cumplir lo ordenado en el artículo tercero transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de agosto de dos mil doce, por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debido a que la responsable no ha expedido la legislación para implementar las candidaturas independientes en esa entidad federativa.

EXPEDIENTE: 
SUP-JDC-2665/2014
ACTORES: 
Gerardo Cortinas Murra
FECHA DE RESOLUCIÓN: 
Jueves, Noviembre 6, 2014
AUTORIDADES RESPONSABLES: 
Congreso del Estado de Chihuahua
SENTIDO: 

PRIMERO. Se ordena a la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado de Chihuahua que, de inmediato, expida la legislación sobre candidaturas independientes, para dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 35, fracción II, y 116, fracción IV, incisos k) y p), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SEGUNDO. Dentro de las veinticuatro horas siguientes a que se dé cumplimiento a lo ordenado en esta ejecutoria, la Legislatura responsable deberá rendir el informe respectivo a esta Sala Superior.

TERCERO. Se amonesta al Congreso del Estado de Chihuahua, en los términos precisados en el considerando SEXTO, de esta sentencia.