Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

SUP-JDC-1627/2016

La sentencia de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal con Sede en Xalapa Veracruz, dictada en el incidente de incumplimiento de sentencia del expediente SXJDC-154/2016, en el que se determinó amonestar a los integrantes del Consejo General del citado organismo, siendo el actor Consejero Electoral del Organismo Público Electoral Local del Estado de Veracruz.

EXPEDIENTE: 
SUP-JDC-1627/2016
ACTORES: 
JUAN MANUEL VÁZQUEZ BARAJAS
FECHA DE RESOLUCIÓN: 
Martes, Junio 7, 2016
AUTORIDADES RESPONSABLES: 
SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ.
SENTIDO: 

PRIMERO. Es improcedente el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por Juan Manuel Vázquez Barajas. SEGUNDO. Se reencauza la demanda del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano a juicio electoral, a efecto de que esta Sala Superior resuelva lo que en Derecho proceda. TERCERO. Se ordena remitir el expediente SUP-JDC1627/2016, a la Secretaría General de Acuerdos de esta Sala Superior, para que proceda a integrar, con las respectivas constancias originales, el expediente del juicio electoral, que debe ser turnado al Magistrado Manuel González Oropeza, previo registro en el Libro de Gobierno.