Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

SUP-JDC-159/2016

La sentencia emitida el veintiuno de enero de dos mil dieciséis, por el Tribunal Estatal Electoral de Sinaloa por la que pretendió impugnar el acuerdo identificado con la clave IEES/CG018/2015, a través del cual dicho el instituto electoral estatal emitió los lineamienos y la convocatoria para el registro de candidatas y candidatos independientes para el proceso electoral local 2015-2016, estimando que el requisito ahí contemplado de anexar copia simple de la credencial de elector de los ciudadanos que respalden a un candidato independiente es desproporcional porque la autoridad administrativa electoral local excedió sus facultades reglamentarias, esto es, pretende legislar, infringiendo las garantías de legalidad previstas en los artículos 14, 16 y 116, fracción IV, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

EXPEDIENTE: 
SUP-JDC-159/2016
ACTORES: 
JOSÉ LUIS REYES LÓPEZ
FECHA DE RESOLUCIÓN: 
Miércoles, Febrero 17, 2016
AUTORIDADES RESPONSABLES: 
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SINALOA
SENTIDO: 

PRIMERO. Se revoca la sentencia impugnada. SEGUNDO. Se dejan insubsistente los artículos y bases de los lineamientos aplicables para el registro de candidatas y candidatos independientes a la gubernatura del estado, diputaciones e integrantes de los ayuntamientos, por el sistema de mayoría relativa para el proceso electoral local 2015-2016, y de la convocatoria a las y los candidatos interesados en postularse como candidatas o candidatos independientes a la gubernatura, diputaciones e integrantes de los ayuntamientos por el sistema de mayoría relativa, por las razones sustentadas en los considerandos quinto y sexto de la presente sentencia.