La resolución de dos de marzo de dos mil dieciséis dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa en los recursos de revisión identificados con las claves TESIN-01 y 02/2016 REV acumulados, siendo el actor aspirante a candidato independiente a Gobernador, para controvertir una determinación de un tribunal electoral local respecto del acuerdo que aprobó el registro de la coalición flexible conformada por los partidos políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza y en relación con su derecho a participar en el proceso electoral local por la vía de la candidatura independiente, así como su derecho fundamental de acceso a la justicia.
ÚNICO. Se confirma la sentencia dictada el dos de marzo de dos mil dieciséis, por el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, dentro de los recursos de revisión identificados con las claves TESIN-01 y 02/2016 REV acumulados.