Resolución de veinticinco de enero del presente año emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Colima, mediante la cual resolvió el juicio de inconformidad JI-01/2013 y su acumulado JDCE-04/2013 interpuestos en contra del dictamen emitido por la Comisión Plural de Regidores el dieciocho de diciembre de dos mil doce, aprobado por el Cabildo del H. Ayuntamiento de Cuauhtémoc, Colima, así como el relativo a la convocatoria para la celebración de elecciones extraordinarias para elegir presidente de la Junta Municipal de la población de Quesería del citado municipio.
PRIMERO. Es improcedente el juicio de revisión constitucional electoral promovido por Daniel González Manzo.
SEGUNDO. Se reencauza el presente medio de impugnación al juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano previsto en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a efecto de que esta Sala Regional resuelva en su momento procesal oportuno lo que en derecho proceda.
TERCERO. Se ordena remitir el expediente ST-JRC-6/2013 a la Secretaría General de Acuerdos de este órgano jurisdiccional, a fin de archivarlo, con las copias certificadas correspondientes, como asunto totalmente concluido; debiendo integrar y registrar, en el Libro de Gobierno, el nuevo expediente, como juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y turnarlo a la Ponencia de la Magistrada Adriana M. Favela Herrera.