Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

SG-JDC-11247/2015

Los acuerdos CG-0073-MAYO- 2015 y CG-0071-MAYO-2015, dictados por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur, en los que se canceló sus registros como candidatos independientes, a diputados por el principio de mayoría relativa en los distritos locales V y I de la citada entidad federativa. 

EXPEDIENTE: 
SG-JDC-11247/2015
ACTORES: 
Jorge Ramírez Marínez y Baldemar Sicairos
FECHA DE RESOLUCIÓN: 
Sábado, Mayo 23, 2015
AUTORIDADES RESPONSABLES: 
Consejo General del Instituto Electoral de Baja California Sur
SENTIDO: 

PRIMERO. Se inaplica en el caso concreto, lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley Electoral del Estado de Baja California Sur. SEGUNDO. Se revoca el acuerdo impugnado y en consecuencia, se dejan sin efectos las cancelaciones de los registros de candidaturas independientes de Jorge Ramirez Martínez y Baldemar Sicairos. TERCERO. Se vincula al Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur, a efecto de que realice las acciones precisadas en el considerando SEXTO de este fallo. CUARTO. Infórmese a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, lo relativo a la facultad de inaplicación ejercida por esta Sala Regional en este caso concreto. 

SEGUNDO. Se revoca el acuerdo impugnado y en consecuencia, se dejan sin efectos las cancelaciones de los registros de candidaturas independientes de Jorge Ramirez Martínez y Baldemar Sicairos.

TERCERO. Se vincula al Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur, a efecto de que realice las acciones precisadas en el considerando SEXTO de este fallo.   

CUARTO. Infórmese a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, lo relativo a la facultad de inaplicación ejercida por esta Sala Regional en este caso concreto.