Respuesta de trece de marzo de dos mil dieciocho, emitida por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral, que da contestación a la petición del actor manifestándosele que para que ejerciera su garantía de audiencia debía acudir personalmente a manifestar lo que a su derecho conviniera, y que durante todo el procedimiento la información estuvo a su alcance.
EXPEDIENTE:
SCM-JDC-133/2018
ACTORES:
JUSTO MONTESINOS LÓPEZ
FECHA DE RESOLUCIÓN:
Miércoles, Marzo 28, 2018
AUTORIDADES RESPONSABLES:
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SENTIDO:
ÚNICO. Es infundada la omisión alegada.