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Dentro de los tres días siguientes al que venzan los plazos, los Consejos General, locales y distritales, deberán celebrar la sesión de registro de candidaturas.
Se deberá hacer pública la conclusión del registro de candidaturas independientes. Se darán a conocer los nombres de los candidatos o fórmulas registradas y de aquellos que no cumplieron los requisitos.
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