SUP-JDC-272/2018
El presente voto tiene por objeto desarrollar las razones por las cuales estamos en desacuerdo con la sentencia emitida en el asunto SUPJDC-272/2018, con la cual se confirma la resolución emitida por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México en el expediente TECDMXJLDC-071/2018. A través de esta última decisión se validó el acuerdo IECM/ACU-CG-105/2018 del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que distribuyó el financiamiento público de gastos de campaña destinado a la candidata independiente para la elección de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, en el proceso electoral en curso. Este voto lo emitimos con fundamento en los artículos 187, último párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 11 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.