SUP-JDC-567/2017
Respetuosamente, como lo hicimos en el asunto relacionado con la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional en Nayarit, disentimos con el sentido de la sentencia aprobada por la mayoría. En consecuencia, con fundamento en el artículo 187, párrafo siete de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, formulamos el presente voto particular, con la finalidad de exponer nuestra decisión frente a la resolución adoptada por el Pleno de esta Sala Superior.