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Voto particular conjunto SUP-REC-1867/2018

Los que suscribimos el presente voto si bien coincidimos con el estudio de fondo de la sentencia aprobada mayoritariamente y que corresponde al proyecto que presentó el Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón como ponente del caso, nos separamos de los efectos y resolutivos consecuentes aprobados, por lo que, en atención a las razones que se exponen enseguida, emitimos voto particular, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 187, último párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.