De acuerdo con la Constitución y con la ley sí es posible, hipotéticamente, declarar la nulidad de una elección presidencial, como ocurre con cualquier otra elección a un cargo de elección popular.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) es la única competente para hacer esa declaración si llegaran a cumplirse un conjunto muy robusto, verdaderamente extraordinario, de condiciones y de requisitos constitucionales y legales para ese efecto...