Criterios Jurisdiccionales / Todos
SUP-RAP-103/2016 Y ACUMULADOS Se consideró que asistió la razón a los partidos apelantes, dado que el Consejo responsable incluye en los criterios a la Ciudad de México, sin considerar que debido a la reciente reforma constitucional publicada en el pasado 29 de enero 2016, en dicha ciudad se está construyendo el marco jurídico que se aplicará para las elecciones del proceso electoral a celebrarse en el año 2018, por lo que con mayor razón no se justifica que a priori la autoridad instrumente ese
http://portal.te.gob.mx/colecciones/sentencias/html/SUP/2016/RAP/SUP-RAP-00103-2016.htm