Glosario comienzan con R
Catálogo de términos utilizados en el ámbito jurídico-electoral, que aparecen definidos y se muestran en orden alfabetico.
- Recurso de apelación.
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Medio de impugnación por el cual se impugnan los actos y resoluciones del Instituto Federal Electoral que se consideran violatorios de la normativa electoral.
- Recurso de reconsideración.
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Es el medio de impugnación a favor de los partidos políticos y, excepcionalmente, a los candidatos, para impugnar la legalidad de la asignación de diputados y senadores electos por el principio de representación proporcional; así como las sentencias emitidas por las Salas Regionales del Poder Judicial de la Federación en los juicios de inconformidad.
- Recurso de revisión.
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Es el medio de defensa establecido a favor de los partidos políticos y quienes tengan interés jurídico para impugnar los actos y resoluciones de: Secretarios Ejecutivos, órganos colegiados locales y distritales del Instituto Federal Electoral, y así determinar que hayan sido emitidos conforme a derecho.
- Registro de coalición.
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Es el acto por el cual una coalición presenta su convenio ante el Consejo General del Instituto Federal Electoral.
- Registro Federal del Electores.
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Es un documento compuesto de dos secciones, el catálogo general de electores y el padrón electoral. En el primero se consigna la información básica de hombres y mujeres mexicanos mayores de 18 años; y en el segundo, constan los nombres de los ciudadanos consignados en el catálogo general de electores y de quienes han presentado la solicitud de incorporación.
- Representante de partido político en casillas.
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Son los ciudadanos registrados formalmente por los partido políticos ante la autoridad electoral, y que entre sus funciones se encuentra participar en la instalación de casilla y permanecer en ella hasta la clausura, recibir copia legible de las actas, presentar escritos de incidentes, así como acompañar al presidente de la mesa directiva de casilla para hacer entrega de la documentación y expediente electo.
- Resolución.
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Son determinaciones que pronuncian las autoridades electorales en los medios de impugnación que les son sometidos a su consideración, en las que constan las razones jurídicas que el juzgador considero para emitir el fallo.
- Reubicación de casilla.
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Facultad que tienen los Consejos Distritales, con base en la propuesta presentada por las Juntas Distritales Ejecutivas, de determinar la ubicación de las casillas en lugares que satisfagan los requisitos previstos en la Ley.